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Mexicanos desconocen cómo proteger sus datos personales 12

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Pese a que la protección de datos personales se remonta a 1948 cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el documento conocido como Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 12 señala que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”[1], en México el tema y la legislación al respecto es reciente y poco conocida.

De acuerdo con la encuesta nacional en vivienda realizada por Parametría en julio de este año, la mayoría de los mexicanos (88 %) consideran que la privacidad debe ser un derecho constitucional, cabe señalar que desde 2010 entró en vigor en el país la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP) la cual salvaguarda el respeto a la privacidad, dignidad e información de las personas y eleva como derecho el principio de autodeterminación informativa[2], es decir, la posibilidad de definir cómo, quién, por qué, cuándo y dónde se realiza el manejo de la información personal[3].

Asimismo, en la LFPDPPP establece cuatro derechos fundamentales que tienen los individuos sobre la información en posesión de cualquier persona física o empresa particular (aseguradoras, bancos, tiendas departamentales, telefónicas, hospitales, laboratorios, universidades, ong´s etc.), estos son los denominados derechos ARCO: Acceso, Rectificación, Corrección y Oposición[4].

Casi la mitad de la población (48 %) afirmó saber que sus datos personales y lo que esto conlleva (privacidad, intimidad, dignidad) están garantizados desde enero de 2012, cuando la LFPDPPP obtuvo las facultades para sancionar e infraccionar a particulares por el mal uso de los datos personales de los titulares[5].

El nivel de desconocimiento que los entrevistados tienen sobre la protección de datos personales queda de manifiesto —una vez más— al preguntarles si saben a dónde acudir en caso de que alguna institución haga uso indebido de la información personal otorgada; solo tres de cada diez mexicanos (27 %) saben que pueden recurrir al IFAI (como autoridad garante en materia de protección de datos[6]) para denunciar a instituciones o empresas que no están cumpliendo con la LFPDPPP y su reglamento[7].

Los datos personales que los mexicanos proporcionaron a alguna dependencia de gobierno, empresa privada o vía internet en el último año son: el nombre y la edad (46 % respectivamente), los cuales pueden considerarse como los datos más solicitados, los más comunes y posiblemente los más compartidos y de fácil acceso; a estos le siguen la dirección (36 %), el número telefónico (27 %), y el correo electrónico (14 %), información que junto con el nombre y la edad, sirve para identificar, contactar  y localizar a una persona en concreto. La información financiera y el estado de salud es la que menos se proporciona, esto puede deberse a que la población considera estos datos como “sensibles”, es decir, como información que divulgarse o usarse de manera indebida, afectarían la esfera íntima y privada del ser humano[8].

La mayoría de los mexicanos que han proporcionado al menos un tipo de información personal lo han hecho a alguna empresa privada: 71 % de los encuestados mencionó haber dado información personal a una institución del ámbito privado; 67 % de los encuestados mencionó haber brindado información personal a una dependencia de gobierno; y solo un 10 % identificó a alguna organización no gubernamental como la receptora de los datos personales.

De acuerdo con la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI) 77 % de los usuarios en internet (47.2 millones de mexicanos[9]) han dejado algún dato personal en redes sociales, 64 % en la banca en línea, 63 % en compras en línea y 45 % en aplicaciones web (navegadores, descargas, etcétera)[10].

En protección de datos personales, la ley también indica que los particulares deberán avisar a cada persona (de la que obtengan información particular) el tratamiento que planean dar a sus datos, mediante un Aviso de Privacidad que notifica al informante la libertad que posee para otorgar o no su consentimiento respecto al procesamiento de su información[11].

No obstante, los avisos de privacidad aún no son tan comunes en la práctica. En el ejercicio de Parametría, la mitad de aquellos que afirmaron haber proporcionado al menos un tipo de información personal (52 %) negaron que la institución a la cual le brindaron ciertos datos le haya dado a conocer (ya sea física o electrónicamente) algún Aviso de Privacidad.

Solo 30 % mencionó que se les indicó el uso de los datos que proporcionaron y, el resto (18 %) no recuerda que se les haya dado a conocer alguna notificación.

En comparación con la Unión Europea, donde el 70 % de los ciudadanos están preocupados por el uso de datos personales[12], en México sólo el 45 % de la población  se preocupa mucho por lo que suceda con sus datos personales[13].

En el informe de Parametría, uno de cada diez  entrevistados (13 %) mencionó haber sido víctima del uso indebido de información personal proporcionada a alguna dependencia o institución pública o privada, porcentaje que es considerable si atendemos lo que este porcentaje significa en número de personas.

En varios países del mundo existen esfuerzos por crear y perfeccionar legislaciones que establezcan los límites, permisos y correctivos entorno al uso adecuado de los datos contenidos en los sistemas de información, sobre todo de aquellos definidos como datos personales[14]. Sin embargo, en México la legislación al respecto es muy reciente, tal vez por ello en la población predomine un desconocimiento generalizado de cómo proteger la información personal, lo cual es de gran preocupación ya que resguardar la información de carácter personal es resguardar la identidad y localidad de las personas, por ello no debe ser solo responsabilidad de quien la maneja sino también de aquellos que la poseen y proporcionan.

Fuentes:

PARAMETRÍA. Encuesta Nacional en vivienda. Representatividad: Nacional. Número de entrevistas: 800 encuestas realizadas del 13 al 16 de julio de 2013. Nivel de confianza estadística: 95 %. Margen de error: (+/-) 3.5 %. Diseño, muestreo, operativo de campo y análisis: Parametría SA de CV. Método de muestreo: Aleatorio sistemático con probabilidad proporcional al tamaño. Unidad de muestreo: Las secciones electorales reportadas por el IFE. Población objetivo: Personas de 18 años en adelante con credencial para votar que al momento de la entrevista residan en el lugar de interés.

Declaración Universal de Derechos HumanosArtículo 12. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://www.un.org/es/documents/udhr/

Secretaría General de Servicios Parlamentarios del Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, julio 2010. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en:

http://inicio.ifai.org.mx/MarcoNormativoDocumentos/06LFPDPPP.pdf

Observatorio Iberoamericano de Protección de Datos.Configuración Jurídica del Derecho a la Autodeterminación Informativa, 15 de marzo de 2013.  [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://oiprodat.com/2013/03/15/configuracion-juridica-del-derecho-a-la-autodeterminacion-informativa/

.Seguridad. Leyes de protección de datos personales en el mundo y la protección de datos biométricos–Parte I, Cultura de prevención para ti, 05 de junio de 2012. Revista digital UNAM, [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en:   http://revista.seguridad.unam.mx/numero-13/leyes-de-protecci%C3%B3n-de-datos-personales-en-el-mundo-y-la-protecci%C3%B3n-de-datos-biom%C3%A9tricos-%E2%80%93

Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).Cómo ejercer tu derecho a la protección de datos personales. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://inicio.ifai.org.mx/_catalogs/masterpage/Como-ejercer-tu-derecho-a-proteccion-de-datos.aspx

Protección de datos y privacidad… en México y a nivel internacional. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://www.protecciondedatos.org.mx/

The Competitive Intelligence Unit.Perfil del Ciudadano en Redes Sociales, 2013. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://the-ciu.net/nwsltr/149_1Distro.html

Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI).Estudio de Protección de Datos Personales entre Usuarios y Empresas, México, 2012. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://www.amipci.org.mx/?P=editomultimediafile&Multimedia=95&Type=1

Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). EL ABC del Aviso de Privacidad. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en:  http://abcavisosprivacidad.ifai.org.mx/

Comisión de Justicia de la Unión Europea.La protección de los datos es su protección. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en:  http://ec.europa.eu/justice/data-protection/promo_data_en.htm

IFAI- IPSOS.“Encuesta Nacional sobre Protección de Datos Personales a Sujetos Regulados por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y Población en General”, México, 2012. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://inicio.ifai.org.mx/EncuestaNacionaldeProtecciondeDatosPersonales2012/01ReportePoblacion.pdf

Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).  Estudio sobre Protección de Datos a Nivel Internacional; Iniciación sobre los modelos de bases de datos. México, noviembre de 2004. [Última consulta: 28 de octubre de 2013]. Disponible en: http://inicio.ifai.org.mx/DocumentosdeInteres/prot_datos.pdf


[1] Artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. http://www.un.org/es/documents/udhr/

[2] Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los

Particulares. Secretaría General de Servicios Parlamentarios del Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, julio 2010. http://inicio.ifai.org.mx/MarcoNormativoDocumentos/06LFPDPPP.pdf

[3] Configuración Jurídica del Derecho a la Autodeterminación Informativa. Observatorio Iberoamericano de Protección de Datos, 15 de marzo de 2013. http://oiprodat.com/2013/03/15/configuracion-juridica-del-derecho-a-la-autodeterminacion-informativa/

[4] Leyes de protección de datos personales en el mundo y la protección de datos biométricos – Parte I. Revista digital UNAM .Seguridad, Cultura de prevención para ti, 05 de junio de 2012. http://revista.seguridad.unam.mx/numero-13/leyes-de-protecci%C3%B3n-de-datos-personales-en-el-mundo-y-la-protecci%C3%B3n-de-datos-biom%C3%A9tricos-%E2%80%93

[5] Ídem.

[6] Cómo ejercer tu derecho a la protección de datos personales. IFAI. http://inicio.ifai.org.mx/_catalogs/masterpage/Como-ejercer-tu-derecho-a-proteccion-de-datos.aspx

[7] Protección de datos y privacidad… en México y a nivel internacional. http://www.protecciondedatos.org.mx/

[8] Cómo ejercer tu derecho a la protección de datos personales. IFAI. http://inicio.ifai.org.mx/_catalogs/masterpage/Como-ejercer-tu-derecho-a-proteccion-de-datos.aspx

[9] Perfil del Ciudadano en Redes Sociales. The Competitive Intelligence Unit (2013). http://the-ciu.net/nwsltr/149_1Distro.html

[10] Estudio de Protección de Datos Personales entre Usuarios y Empresas. AMIPCI http://www.amipci.org.mx/?P=editomultimediafile&Multimedia=95&Type=1

[11] EL ABC del Aviso de Privacidad. IFAI,  http://abcavisosprivacidad.ifai.org.mx/

[12] La protección de los datos es su protección. Comisión de Justicia de la Unión Europea. http://ec.europa.eu/justice/data-protection/promo_data_en.htm

[13] “Encuesta Nacional sobre Protección de Datos Personales a Sujetos Regulados por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y Población en General”. IFAI- IPSOS, México, 2012. Pág. 20. http://inicio.ifai.org.mx/EncuestaNacionaldeProtecciondeDatosPersonales2012/01ReportePoblacion.pdf

[14] Estudio sobre Protección de Datos a Nivel Internacional, Iniciación sobre los modelos de bases de datos. IFAI, noviembre de 2004. http://inicio.ifai.org.mx/DocumentosdeInteres/prot_datos.pdf.

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